La Agencia Tributaria ha enviado estos días miles de cartas a ciudadanos italianos (en el extranjero y en Italia) que han trabajado en el exterior, pero tienen residencia fiscal en Italia (también porque no se han registrado en el Aire) y no han declarado (como exige la ley italiana), en todo o en parte, los ingresos obtenidos en el extranjero. La noticia la dio la Agencia Tributaria con la reciente Disposición núm. 439255.
Las comunicaciones de la Agencia Tributaria pretenden promover el cumplimiento espontáneo por parte de los contribuyentes con residencia fiscal en Italia que podrán así regularizar el error u omisión de la declaración de impuestos italiana y por lo tanto beneficiarse de la reducción de las sanciones previstas por las infracciones cometidas. En efecto, los contribuyentes que hayan recibido o vayan a recibir el aviso de liquidación podrán regularizar su situación mediante la presentación de una declaración complementaria y el pago de los mayores impuestos adeudados, junto con los intereses, así como la reducción de las sanciones, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley (art. 13 del decreto legislativo 18 de diciembre de 1997, n. 472).
Cabe recordar que, en virtud del principio adoptado en el derecho fiscal interno por el Estado italiano y la administración financiera definido como “Word Wide Taxation” o tributación mundial, los ingresos de los ciudadanos que residen a efectos fiscales en Italia están sujetos a impuestos directos por parte del autoridades fiscales italianas independientemente del lugar donde se hayan producido estos ingresos, incluso si ya se han pagado impuestos sobre estos ingresos en el país extranjero de producción del ingreso (sin embargo, para evitar la doble imposición, se prevé la posibilidad de un crédito fiscal por la legislación fiscal italiana).
Pero, ¿cómo sabe la Agencia Tributaria que un contribuyente italiano ha trabajado y obtenido ingresos en el extranjero? Es necesario volver al art. 8, apartado 1, de la Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la cooperación administrativa en el sector fiscal que establece que los Estados miembros deben transmitir, para los períodos impositivos que comiencen el 1 de enero de 2014, la información relativa al residente en otros Estados miembros en relación, entre otras cosas, con los ingresos del trabajo y las pensiones percibidos por ellos.
Las comunicaciones (avisos de liquidación) a los contribuyentes se realizan cuando la Agencia Tributaria detecta anomalías fiscales en la documentación que obra en su poder. Contra la comunicación recibida, el contribuyente podrá presentar declaración complementaria y beneficiarse de las sanciones en forma reducida, haciendo uso del instituto del arrepentimiento activo.
Cabe precisar, además, que la referida disposición de la Agencia Tributaria también indica los medios a través de los cuales los contribuyentes pueden solicitar información o comunicar a la Agencia Tributaria los elementos, hechos y circunstancias desconocidos por ésta.
Por razones de espacio, nos referimos a un análisis más profundo del problema de la doble imposición no compensada por el crédito fiscal que todavía representa una aberración legal y fiscal prevista por la TUIR en perjuicio del contribuyente residente fiscal en Italia que trabaja y paga impuestos en el extranjero pero no declara los ingresos obtenidos en el extranjero a las autoridades fiscales italianas.
Roma, 12 de diciembre de 2022 – Oficina Prensa Hon. Fabio Porta