Hay 84 procedimientos de infracción europeos contra nuestro país, de los cuales 63 por violación del Derecho de la UE y 21 por no transponer directivas.
Estas violaciones comunitarias implican multas muy elevadas a pagar a la UE en forma de sanción por parte de nuestro país (cientos de millones de euros). Precisamente por este motivo, el Parlamento (el Gobierno) aprobó recientemente un decreto ley, el n. 69 denominado “salvador de infracciones”, que pretendía reducir el número de procedimientos de infracción impuestos a Italia e impedir la apertura de otros nuevos.
En este contexto, lamentable e inexplicablemente, el decreto ha ignorado, y por tanto no ha subsanado, dos importantes procedimientos de infracción aún abiertos contra Italia, en materia de subsidio único universal y de renta de ciudadanía.
La Comisión Europea, como lo había denunciado durante mucho tiempo con mis intervenciones políticas y mis interrogaciones, había invitado a Italia a adaptar su legislación sobre la República Democrática del Congo a la legislación de la UE sobre movilidad laboral iniciando un procedimiento de infracción (INFR2022/4024) y también había enviado una segunda carta, de requerimiento a Italia (INFR2022/4113) por incumplimiento de las normas de la UE sobre coordinación de la seguridad social y sobre la libre circulación de trabajadores, argumentando que la introducción a partir de marzo de 2022 del nuevo sistema único y universal para hijos a cargo -al que solo se acogen las personas residentes en Italia durante al menos dos años tienen derecho siempre que vivan en la misma unidad familiar junto con sus hijos, lo que entra en conflicto con la legislación de la UE, ya que no trata a los ciudadanos de la UE de manera justa y, por lo tanto, se considera discriminación. Por lo tanto, el decreto “salvador de infracciones” podría y debería haber sido el instrumento legislativo para modificar, como solicitó la Comisión Europea, la legislación sobre la Renta de Ciudadanía (que pronto se convertirá en Prestación de Inclusión que presenta los mismos problemas) y sobre la Prestación Única considerada no respeta la legislación de la Unión Europea sobre la libre circulación de los trabajadores y los derechos sociales de los ciudadanos porque penaliza sobre todo a nuestros compatriotas que regresan a Italia, pero también a nuestros compatriotas que residen en el extranjero (que no sólo no pueden obtener el subsidio único sino que también se han visto privados del subsidio por unidad familiar y de las deducciones familiares por hijos a cargo).
A la luz de estos procedimientos de infracción, Italia debería haber revisado lo antes posible las restricciones y requisitos de residencia establecidos por la legislación sobre la renta de ciudadanía y sobre la asignación única para cumplir con las normas de la UE que prohíben la discriminación basada en la residencia y debería haber encontrar soluciones adecuadas para remediar la discriminación contra nuestros compatriotas residentes en el extranjero. Por otra parte, Italia no lo consideró apropiado en el contexto del decreto núm. 69 para responder a las conclusiones expresadas por la Comisión, con el riesgo de que la Comisión Europea presente ahora un recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas contra nuestro país.
Se trata de sanciones y retrasos que demuestran la grave falta de interés de este gobierno por los derechos de los italianos que viven en el extranjero y que seguiremos denunciando y cuestionando.
Fonte: Oficina de Prensa del Honorable Fabio Porta