En mi reciente interrogación al Ministerio de Salud pedí al Gobierno que mejorara el acuerdo entre Italia y Argentina en materia de asistencia sanitaria ampliando la gama de asegurados y mejorando la calidad de los servicios administrados.
Las disposiciones sanitarias en cuestión están previstas en el convenio de seguridad social entre ambos países firmado en 1981 y que entró en vigor en 1984.
¿Cuál es el problema? Los sujetos que estén asegurados por el convenio cobertura sanitaria por enfermedad en ambos países contratantes- Italia y Argentina – a través de los procedimientos previstos por el acuerdo administrativo son exclusivamente los pensionados y sus familiares que se desplazan temporalmente de un Estado a otro y los ciudadanos de un Estado contratante que sean titulares de pensiones residentes en el territorio del otro Estado. Sin embargo, quedan excluidos todos los demás sujetos y todas las demás categorías de ciudadanos que por cualquier motivo se desplacen para estancias temporales de Italia a Argentina y viceversa.
Se trata, por tanto, de un acuerdo obsoleto y parcial que no prevé ningún tipo de protección sanitaria (incluida la cobertura de servicios de emergencia) para trabajadores, turistas, estudiantes y, en cualquier caso, para todas las personas que no sean jubilados y que se desplacen de un país a otro temporalmente. Por tanto, estos ciudadanos se ven obligados a recurrir a seguros privados, que como sabemos son muy caros, y más aun en caso de estancia temporales prolongadas en el otro país.
Le he recordado al Gobierno que Argentina ha sido un destino migratorio para millones de italianos desde finales del siglo XIX, que actualmente hay casi un millón de ciudadanos residentes en Argentina registrados en el Aire, y que en las últimas dos décadas ha habido un nuevo flujo considerable de italianos que llegaron a la Argentina en busca de trabajo. Por tanto, creo que es necesario y urgente intervenir para garantizar una protección sanitaria más amplia y eficaz a nuestros compatriotas que se desplazan entre ambos países.
Para ello recordé al Ministro de Salud que desde abril de 2003 (es decir, hace más de 20 años) estaba activado, por iniciativa del MAE, un procedimiento de actualización del citado acuerdo de seguridad social entre Italia y Argentina destinado a ampliar el alcance del actual en materia de salud en favor de los sujetos excluidos y por ello he solicitado la reanudación de los contactos con las autoridades argentinas competentes en materia de salud para verificar la posibilidad de ampliar el espectro de personas con derecho a la protección de la salud actualmente prevista por el Convenio para incluir entre los protegidos, además de los pensionados, también otras categorías de personas como trabajadores, turistas, estudiantes, etc. , que se desplazan para estadías temporales de un país contratante a otro y también garantizan, en cuanto a los riesgos cubiertos, una protección de la salud más completa y adecuada.
Fonte: Oficina Prensa Hon. Fabio Porta