Las intervenciones en las pensiones previstas por la Ley de Presupuesto para 2024 no tendrán grandes repercusiones en los derechos de seguridad social de nuestros compatriotas en el extranjero. De hecho, los efectos de las medidas introducidas -a menos que las medidas anunciadas sean modificadas durante el trámite parlamentario del proyecto de ley- serán casi irrelevantes. Pero veamos en detalle.
En primer lugar, cabe señalar que para casi todos los pagos prorrateados del acuerdo internacional -que suelen ser de importes medio-bajos- habrá un ajuste total a la inflación (para pensiones de hasta 4 veces el mínimo, es decir, hasta a 2.000 euros). En cambio, las pensiones de importe superior se revalorizarán de forma decreciente hasta una indexación de sólo el 22% para los pagos que superen 10 veces el mínimo.
Se suprime la “Cuota 103” que vence este año y se introduce la “Cuota 104”: se trata de una serie de penalizaciones por jubilación anticipada que va de los 62 a los 63 años y los 41 años de aportes, también sufre una reducción en el monto correspondiente a la parte salarial (cotizaciones pagadas antes de 1996) y finalmente sufre una ampliación de la duración de las ventanas de salida de tres a seis meses (sector privado) y de seis a nueve meses (sector público).
Los 41 años de antigüedad contributiva exigidos para la “Cuota 104” se pueden mejorar con el mecanismo de agregación en el régimen convencional pero el acceso a la pensión anticipada exige el cese de la actividad laboral incluso en el extranjero.
Se confirma la “Opción Mujer”, la pensión anticipada con cálculo contributivo para mujeres (35 años de cotización obtenidos también por agregación en el régimen convencional para 2023 y al menos 61 años de edad), que teóricamente también podrían solicitar mujeres residentes en el extranjero, pero en realidad no es así porque se mantienen las restricciones previstas en 2023 (solo para cuidadores, trabajadores con al menos un 74% de discapacidad, trabajadores despedidos o empleados de empresas en crisis, todas condiciones difíciles de demostrar por las mujeres residentes en el extranjero). Considerando también que el Ministerio de Trabajo y el INPS nunca han emitido circulares de implementación y explicaciones sobre esta materia).
También se ha confirmado el Ape social para 2024: podrán acceder al instrumento los desempleados, las personas con una discapacidad de al menos el 74%, los trabajadores que realicen actividades exigentes y los trabajadores que ayuden a personas con discapacidad en situación grave con al menos 63 años y cinco meses de edad. Sin embargo, el Ape Social es un subsidio considerado asistencial y, por tanto, al igual que el Subsidio Social, está subordinado a la residencia en Italia y, por tanto, no puede pagarse ni exportarse al extranjero.
Sin embargo, para los trabajadores que empezaron a contribuir en 1996 y que, por tanto, están íntegramente en el sistema de cotizaciones – entre estos numerosos compatriotas que han emigrado recientemente y que, por tanto, podrían beneficiarse del mecanismo de agregación en el futuro – el importe mínimo acumulado necesario para acceder a la jubilación 3 años antes de la vejez. El umbral, con al menos 20 años de aportes pagados, aumenta de 2,8 a 3,3 veces el subsidio social. Sin embargo, salta el límite de 1,5 veces la asignación social para acceder a la pensión a los 67 años una vez cumplidos los 20 años de aportes, incluso con agregación. Bastará con haber alcanzado el importe del subsidio social (503,27 euros en 2023). Evidentemente se trata de trabajadores que se jubilarán en un futuro próximo.
Finalmente, dejar constancia que se mantienen por ahora sin cambios los requisitos para la pensión de vejez, se dice, 67 años de edad para hombres y mujeres y 20 años de aportes, y para la jubilación anticipada con 41 años y 10 meses de aportes para las mujeres y 42 años y 10 meses de aportes para los hombres.
Fonte: Oficina de Prensa Hon. Fabio Porta