Aquí vamos de nuevo. Parece que el Gobierno no ha entendido o no quiere entender que someter prestaciones para combatir la pobreza y la exclusión social como la Renta de Ciudadanía y ahora la Asignación de Inclusión (y el Apoyo a la formación y al trabajo) requisitos específicos de residencia viola los principios de los Tratados europeos y la normativa relacionada.
La legislación sobre la Asignación de Inclusión (ADI), prevista por el decreto legislativo n. 48/2023 – que la legislación pretende ofrecer a las personas frágiles o en graves dificultades, un apoyo económico y un camino hacia la inclusión social y laboral – establece que el solicitante en el momento de presentar la solicitud debe residir en Italia durante al menos cinco años, los dos últimos de forma continua.
Y es precisamente este último requisito, es decir, los dos años de residencia continua inmediatamente antes de presentar la solicitud, el que excluye del beneficio a todos los italianos que regresan a casa desde el extranjero. De hecho, como nos explica el INPS en la circular n. 105 del 16 de diciembre último la continuidad de la residencia, en cualquier caso, se considera interrumpida en caso de ausencia en el territorio italiano por un período igual o superior a dos meses continuos, o en caso de ausencia del territorio italiano dentro de dieciocho meses por un período igual o superior a cuatro meses, aunque no sea continuo. Sólo las ausencias por motivos de salud graves y documentados no interrumpen la continuidad del período. Se trata de requisitos obviamente ideados para limitar el acceso al beneficio a los extranjeros.
Sin embargo, como informé en una reciente declaración, apenas en las últimas semanas la Comisión Europea envió al Gobierno italiano una carta con un “dictamen motivado” que critica el incumplimiento del subsidio único y universal por hijos a cargo introducido en marzo de 2022 de las normas de coordinación de la seguridad social y de libre circulación de trabajadores precisamente por los requisitos de residencia.
Anteriormente, la Comisión Europea, como lo había denunciado durante mucho tiempo con mis intervenciones políticas y mis interrogaciones, también había invitado a Italia a adaptar su legislación sobre la Renta de Ciudadanía (RDC) a la legislación de la UE sobre movilidad de los trabajadores iniciando un procedimiento de infracción (INFR2022/4024) y también había enviado una segunda carta de emplazamiento a Italia (INFR2022/4113) por incumplimiento de las normas de la UE sobre la coordinación de la seguridad social y la libre circulación de trabajadores, argumentando que la introducción a partir de marzo de 2022 del nuevo subsidio único y universal por hijos a cargo, al que sólo tienen derecho las personas que residen en Italia desde hace al menos dos años, siempre que vivan en la misma unidad familiar junto con los niños- entra en conflicto con la legislación de la UE, ya que no trata a los ciudadanos de la UE de manera justa y, por lo tanto, se considera discriminación.
Dado que Italia, con la legislación actualmente en vigor sobre el subsidio de inclusión – que sustituirá a la renta de ciudadanía a partir de 2024 – ha reintroducido los requisitos de residencia y, por tanto, no se ha alineado con los cumplimientos de la Comisión Europea – es fácil predecir que nuestro país será objeto de otro procedimiento de infracción por parte de la UE, con el riesgo de sufrir otra desgracia y, sobre todo, una remisión al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Les recordamos que la Asignación de Inclusión se reconoce a familias que tengan al menos un miembro en alguna de las siguientes condiciones: con discapacidad; menor de edad; tener al menos 60 años de edad y que cumplan requisitos particulares de ingresos, bienes, ciudadanía y residencia (y soggiorno). Esperamos con interés la evolución de este litigio (no dejaremos de intervenir) lo que perjudica a nuestros compatriotas residentes en el extranjero que, debido a las cláusulas de residencia previstas por las normas introducidas, se han visto privados inesperadamente del derecho a prestaciones y deducciones familiares (sobre los ingresos producidos en Italia) y – aquellos que regresan – del derecho a Rentas de ciudadanía, subsidio de inclusión y apoyo a la formación y al trabajo.
Fonte: Oficina de Prensa Hon. Fabio Porta