Roma, 9 de mayo de 2016
Queremos recordar a nuestros connacionales que con la ley de estabilidad para el 2016 (n. 208 del 28 diciembre 2015) se extendió hasta el 31 de diciembre de 2016, la deducción fiscal del 50% para la reestructuración edilicia.
Pueden usufructuar la deducción de los gastos de reestructuración todos los contribuyentes sujetos al impuesto sobre la renta de personal físicas (IRPF), sean o no residentes en el territorio del estado. Así que incluso nuestros compatriotas dueños de propiedad en Italia que pagan el impuesto sobre la renta al fisco italiano pueden beneficiarse de las deducciones para la construcción de las intervenciones de renovación edilicia.
El requisito básico es, por supuesto, ser dueño de la propiedad o, alternativamente, – dice la ley – titular de los derechos reales/personales de usufructo sobre los inmuebles objeto de la reestructuración, además también haber hecho los gastos relacionados.
Pero ¿cuáles son las acciones que pueden ser objeto de bonificación renovación de edificios? Las intervenciones son muchas y variadas (a los interesados se les aconseja que consulten las normas y la página web de la Agencia de Ingresos), pero entre ellos podemos mencionar los más comunes y frecuentes, tales como: el mantenimiento ordinario y extraordinario, de preservación y restauración, rehabilitación de edificios, incluso para la construcción de garajes o instalaciones accesorias; las intervenciones llevadas a cabo para la consecución de un ahorro de energía, en particular relacionadas con instalación de plantas basadas en el uso de las fuentes renovables de energía.
Es bueno aclarar que, además de los gastos necesarios para la ejecución de las obras, para la deducción también se pueden considerar los costos de diseño, por servicios profesionales relacionados con la intervención, para la regularización de la propiedad, para la compra de materiales, para el impuesto sobre el valor agregado, el impuesto a sellos para los costos de infraestructura, etc.
En resumen, es bueno señalar que todos los contribuyentes sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas en Italia, incluso si viven en el extranjero, pueden deducir impuestos a pagar por la renovación de edificios, el 50% de los gastos efectuados hasta el 31 diciembre de 2016, con un límite máximo de gasto de 96.000 euros por cada unidad de vivienda. Desde el 1 de enero de 2017, la deducción volverá a la medida ordinaria del 36% y con un límite de 48.000 € por unidad de vivienda.
La deducción fiscal de los gastos por trabajos de renovación edilicia se rigen por el artículo 16-bis del Dpr 917/86 (Texto único de las imposiciones sobre réditos) y sus sucesivas modificaciones. Desde el 1 de enero de 2012, la instalación se hizo permanente por el Decreto-Ley no. 201/2011 y se inserta bajo los cargos deducibles por el Irpef.
Quedan firmes los requisitos objetivos en cuanto a la forma de pago (transferencia bancaria para la renovación de edificios art. 16 bis del Decreto Presidencial 917/1986 con la aplicación de la retención del 8%) y los documentos obligatorios que deben conservarse junto con los recibos de pago durante todo el período en que el sujeto se beneficiará de la deducción. Los no residentes que, en un año dado, habrían de tener un impuesto (impuesto sobre la renta) impago, perderán para ese ejercicio el beneficio de deducción.