Interrogué al Ministro de Economía y Finanzas para entender por qué la legislación que introduce el régimen fiscal sustitutorio del 7% (¡sobre todos los ingresos obtenidos en el extranjero!) a favor de los titulares de pensiones extranjeras, también en convenio internacional, que trasladan su residencia fiscal a un municipio del sur.
De hecho, de los datos proporcionados recientemente por el propio Ministerio, conocemos que en los primeros tres años (de 2019 a 2021) desde la entrada en vigor de la ley, solo 506 sujetos se beneficiaron del impuesto sustitutivo y esto sugiere que incluso en los dos últimos años han sido pocos los sujetos jubilados que han trasladado su residencia fiscal al Sur en el marco de esta legislación.
Por lo tanto, las razones del reducido número de retornos a Italia deben entenderse teniendo en cuenta que la desgravación fiscal es muy atractiva porque prevé una tributación del 7% durante diez períodos impositivos sobre todos los ingresos producidos en el extranjero (no sólo los ingresos de pensiones) si se traslada su residencia a Italia a uno de los municipios pertenecientes al territorio de las Regiones de Sicilia, Calabria, Campania, Basilicata, Abruzzo, Molise y Puglia, con una población no superior a 20.000 habitantes o a uno de los municipios con una población no superior a 3.000 habitantes que regresan en zonas afectadas por algunos eventos sísmicos.
Se recordará que el artículo 1, párrafo 273, de la ley de 30 de diciembre de 2018, n. 145 (ley de presupuesto para 2019) había introducido un régimen fiscal especial en el artículo 24-ter de la Tuir (Ley del impuesto sobre la renta consolidado) destinado a facilitar el traslado de pensionados residentes en el extranjero a algunos municipios del Sur con determinadas características demográficas para fomentar las inversiones, consumo y arraigo local.
Por lo tanto, considerando el fundamento de la legislación, encaminada a atraer a los municipios del territorio del sur a personas que posean capitales y recursos financieros que puedan ser invertidos en nuestro país, son objetiva e inexplicablemente pocos los pensionados que han optado por someterse al impuesto sustitutivo y han regresado a Italia.
Con mi interrogación, pregunté al Gobierno si no se considera necesario y útil informar y sensibilizar a nuestros compatriotas jubilados residentes en el extranjero, poner en marcha una campaña de difusión y explicación en todos los países de emigración italiana para proporcionar a nuestros compatriotas una información exhaustiva, búsqueda y prácticas sobre cuáles son los beneficios directos e indirectos de la norma para lograr los objetivos marcados por la misma. Por último, interrogué si el Gobierno no consideraba útil y eficaz implicar a la prensa italiana que opera en el extranjero y para los países extranjeros en la campaña de información mencionada anteriormente, con el fin de garantizar que la campaña de información llegue al mayor número de personas interesadas a través de la presencia y acción generalizada de nuestros medios de comunicación en el exterior.
Fonte: Oficina de Prensa del Honorable Fabio Porta